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Notificacion Sobre los Derechos del las Víctimas - Domestic Incident Report
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SI USTED ES VÍCTIMA DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA, PUEDEN AYUDAR LA POLICÍA Y LOS TRIBUNALES
Lo que puede hacer la policía:
- Ayudarle a encontrar un lugar seguro, un lugar lejos de la violencia.
- Informarle cómo la corte puede ayudar a protegerle de la violencia.
- Ayudarle a obtener atención médica para heridas o lesiones que usted y sus hijos pudieran haber sufrido.
- Ayudarle a sacar de su hogar las pertenencias necesarias.
- Proveerle copias de informes de la policía sobre la violencia.
- Presentar una querella ante el tribunal en lo penal e informarle sobre la localización del tribunal en lo penal y del tribunal de familia en su comunidad.
Lo que pueden hacer los tribunales:
- Si la persona que le hizo daño o que lo amenazó es su pariente o familiar politico, o es alguien con quien usted tuvo un hijo, alguien con quien usted tiene o ha tenido una relación intima, entonces usted tiene el derecho de llevar el caso al tribunal de familia en lo penal, o ambos.
- Puede obtener los formularios que necesita en el tribunal de familia y en el tribunal en lo penal.
- Los tribunales podrían proveerle una orden de protección provisional para usted, sus hijos, y cualquier testigo que así lo pida.
- Si el tribunal determina que usted no puede pagar los servicios de un abogado, el tribunal puede asignarle uno.
- El tribunal de familia puede otorgarle manutención provisional para sus hijos, así como la custodia provisional de sus hijos.
La Ley de Nueva York establece que: Si usted es víctima de violencia doméstica, puede pedirle al oficial de la policía que resguarde su seguridad y la de sus hijos. Incluso, puede pedirle que le proporcione información sobre cómo obtener una orden temporal de protección. Asimismo, puede solicitar que dicho oficial de la policía le ayude a obtener sus efectos personales esenciales y a localizar un lugar seguro, al igual que transportarle a usted y a sus hijos a dicho lugar, o ayudarle a hacer arreglos para obtener dicha transportación dentro de la jurisdicción de dicho oficial de la policía, incluyendo pero sin limitarse a transportación a un programa que provea servicios contra la violencia doméstica, la residencia de un miembro de su familia o la residencia de un amigo, o un lugar que sea igualmente seguro. Cuando la jurisdicción de dicho oficial de la policía abarca más de un condado, usted puede pedirle al oficial que le transporte o que haga arreglos para transportarle a usted y a sus hijos a un lugar seguro en el condado donde ocurrió el incidente. Si usted o sus hijos necesitan tratamiento médico, usted tiene derecho a solicitar que dicho oficial de la policía le ayude a obtener dicho tratamiento médico. Usted puede solicitar que la agencia policial le provea una copia gratis de cualquier informe del incidente. Usted tiene derecho a buscar y escoger su propio consejero legal y si usted procede a utilizar el tribunal de familia y se determina que usted no puede pagar por los servicios de un abogado, uno deberá ser designado para que le represente sin costo para usted.Usted puede pedirle al fiscal de distrito o a un oficial de la policía que radique una querella penal. Usted también tiene derecho a presentar una petición ante el tribunal de familia cuando una ofensa de familia ha sido cometida contra usted. Usted tiene derecho a presentar dicha petición y a solicitar una orden de protección el mismo día que usted comparece en tribunales, y dicha petición debe ser vista el tribunal ese mismo día, o el próximo día en que esté en sesión. Cualquiera de los tribunales puede expedir una orden de protección un causa de una conducta que constituya una ofensa de familia, la cual puede incluir entre otras disposiciones, una orden contra el demandado o acusado que le requiera permanecer lejos de usted y de sus niños. El tribunal de familia también puede ordenar el pago temporal de manutención para sus niños y otorgarle a usted la custodia temporal de sus niños. Si el tribunal de familia no está en sesión, usted puede solicitar ayuda inmediata del tribunal en lo penal para obtener una orden de protección. Los formularios que usted necesita para obtener una orden de protección están disponibles en el tribunal de familia y en el tribunal en lo penal. Para acceso a los recursos disponibles en esta comunidad que proveen información sobre violencia doméstica, tratamiento de lesiones, y lugares seguros y refugios, llame a los siguientes números gratuitos. Es un delito radicar una querella criminal o una petición ante el tribunal de familia, a sabiendas de que dicha querella o petición contiene alegaciones falsas. (NYS Criminal Procedure Law, Section 530.11 (6))